viernes 24 enero, 2020 / Opinión
CERTIFICADO MIPYME
Consulte para acceder al certificado Mipyme:
apyme@apyme.com.ar
Es indispensable inscribirse en el Registro Mipyme y obtener el certificado. De esta forma se acredita la condición de “MIPYME” que permite acogerse a la moratoria fiscal y acceder a los programas y beneficios de la Secretaria de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores.
Estar en el Registro MiPyME, y obtener luego de este paso el certificado , será condición necesaria para acceder a los siguientes beneficios de la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva:
- Extracciones bancarias: la Ley establece un impuesto al retiro de efectivo, del cual quedan eximidas las Micro y Pequeñas empresas.
- Moratoria: regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras para MiPyMEs en hasta 120 cuotas (según la obligación), por las obligaciones vencidas al 30 de noviembre de 2019 inclusive, o infracciones relacionadas con dichas obligaciones. Incluye condonación de hasta el 100% de intereses, multas y demás sanciones. Se podrá incluir en este régimen la refinanciación de planes de pago vigentes y las deudas emergentes de planes caducos.
- Alícuota Contribuciones Patronales de la Seguridad Social: las MiPyMEs tendrán una alícuota del 18% para las contribuciones patronales.