jueves 27 julio, 2023 / Régimen impositivo
DETALLES DEL ALIVIO IMPOSITIVO PARA PYMES SOBRE IVA Y GANANCIAS
LA AFIP publicó en el Boletín Oficial las resoluciones 5.388 y 5.390. Las medidas amplían el universo de exclusión de percepciones y retenciones de IVA, al tiempo que alivian el anticipo de Ganancias para las Pymes.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó beneficios fiscales para las Pymes anunciados el pasado martes por el ministro Massa, en relación con los impuestos al Valor Agregado (IVA) y las Ganancias.
Las Resoluciones Generales 5.388/2023 y 5.390/2023, publicadas en el Boletín Oficial, amplían el universo de exclusión de percepciones y retenciones de IVA, al tiempo que alivian el anticipo de Ganancias para las pymes.
En su conjunto, estos beneficios fiscales abarcarán a más del 90% de las sociedades Mipymes, que generan más de 4.000.000 de puestos de trabajo, y al 27% de las personas autónomas Mipymes.
Beneficios para Micropymes
En el caso del IVA, ahora estarán excluidas de dicho sistema unas 95.500 micropymes, las cuales podrán solicitar el certificado de exclusión.
La Resolución 5.390 modifica la 2.226 añadiendo un tratamiento especial a las “personas jurídicas que revisten el carácter de microempresas” que cuenten “con la caracterización 272 vigente en el Sistema Registral, no posean deudas impositivas o de los recursos de la seguridad social líquidas y exigibles por los periodos no prescriptos y se encuentran encuadradas en la categoría “A” Muy Bajo Riesgo- del Sistema de Perfil de Riesgo (Siper)”.
Estas empresas no estarán obligadas a poseer saldo de libre disponibilidad ni de proporcionar el detalle de las proyecciones u elementos de prueba respecto de la situación en la cual se encuentra incluidos, las cuales se solicitan al pedir este certificado para aceptar o denegarlo.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 5390/2023, ha dispuesto un tratamiento especial para la obtención del “Certificado de Exclusión de Retención y/o Percepción del Impuesto al Valor Agregado para las personas jurídicas que revistan el carácter de micro, pequeña o mediana empresa (MiPyMEs ) y que cumplan con determinadas condiciones.
En este sentido, la normativa permite, con carácter de excepción, que las MiPyMEs puedan solicitar el certificado de exclusión, cumpliendo con ciertos requisitos:
. No poseer deudas impositivas ni de los recursos de la seguridad social líquidas y exigibles por los períodos no prescriptos.
. Estar encuadradas en la categoría “A” – Muy Bajo Riesgo – del “Sistema de Perfil de Riesgo” (SIPER).
. Contar con la caracterización 272 vigente en el Sistema Registral al momento de solicitar el certificado.
Además, la norma resuelve que, a excepción de las Mipymes, para solicitar el certificado de exclusión se deben proporcionar el detalle de las proyecciones a través del programa aplicativo “AFIP DGI – Certificado de Exclusión de Retención y/o Percepción del IVA – Versión 1.0” (disponible en la página “web” de este Organismo – http://www.afip.gov.ar-) y/u otros elementos de prueba. Esta información será considerada para determinar si procede o se deniega la solicitud interpuesta por las empresas en cuestión.
Alivio en anticipo de Ganancias
Por otro lado, la Resolución 5.388 formaliza un alivio al anticipo del Impuesto a las Ganancias para estas empresas, estableciendo un único porcentaje para los ejercicios iniciados a partir de agosto próximo.
Hasta este momento, las firmas, luego de pagar el saldo de la declaración jurada, tenían que abonar al mes siguiente un 25% en concepto de anticipos y, luego nueve cuotas de 8,33%; lo cual ahora se modificó para que la primera cuota sea de un 10%, seguida de otras nueve del mismo porcentaje, reduciendo así el impacto del primer pago.
Para acceder a este beneficio, las empresas deben contar con el Certificado MiPyME vigente al primer día del mes de inicio del ejercicio fiscal sobre el cual se aplicarán los beneficios, además de estar registradas ante la AFIP con las caracterizaciones 272, 274, 351 o 352.
Esta medida alcanza a más de 330 mil Mipymes que emplean a cerca de 3,5 millones de personas.
Además del plano fiscal, se decidió ampliar el sistema de aportes no reembolsables para pymes exportadoras.
En concreto, se ampliará en un 50% el monto total del programa Potencia PyMEX hasta $ 19.000 millones, el cual invierte en aportes no reembolsables de hasta $60 millones por proyecto para acompañar a aquellas empresas exportadoras que incorporen mejoras en sus procesos y sus productos, con potencial para aumentar rápidamente sus exportaciones.
Por otro lado, el Banco Argentino de Desarrollo (BICE) anunció una nueva línea de financiamiento para el desarrollo de empresas de la economía del conocimiento, la cual ofrecerá créditos de hasta $ 50 millones a 24 meses con una bonificación del 25 puntos porcentuales en la tasa de interés nominal y una garantía del 100% para micro y pequeñas empresas, y del 70% para medianas empresas.