miércoles 10 julio, 2024 / Régimen impositivo

MORATORIA Y BLANQUEO: SE DIO A CONOCER LA LETRA CHICA DE LOS NUEVOS PLANES

Así, el Gobierno lanza una oportunidad para que los contribuyentes y responsables regularicen sus obligaciones fiscales, aduaneras y de seguridad social y aprovechen una variedad de beneficios. También creó el Régimen Especial para la Regularización de Activos en el exterior.

Por medio de la Ley 27743 publicada este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno creó el  Régimen Especial para la Regularización de Obligaciones Fiscales, Aduaneras, y de Seguridad Social. Hace parte del paquete fiscal en la que el Gobierno lanza una oportunidad para que los contribuyentes y responsables regularicen sus obligaciones fiscales, aduaneras y de seguridad social y aprovechen una variedad de beneficios. También crea blanqueo de activos en el exterior.

De acuerdo con lo publicado en el texto oficial, se trata de un régimen para la regularización de deudas fiscales, aduaneras y de seguridad social. Los contribuyentes que se encuentren en mora con estas obligaciones pueden adherirse al régimen para obtener ciertos beneficios, como la condonación de intereses y multas, y planes de pago.

Asimismo, la ley crea un Régimen de Regularización de Activos (un blanqueo) y el plazo para adherir al presente Régimen de Regularización de Activos se extenderá hasta el 30 de abril de 2025. “El Poder Ejecutivo nacional podrá prorrogar dicho plazo hasta el 31 de julio de 2025, inclusive”, añade.

Detalles de Ley

  • Quiénes pueden adherirse: contribuyentes y responsables solidarios que tengan deudas fiscales, aduaneras o de seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024.
  • Plazo: el plazo para adherirse al régimen es de 150 días a partir de la fecha de publicación de las reglamentaciones.

Beneficios

  • Condón de intereses y multas: el monto de intereses y multas condonado depende de la fecha de adhesión y del medio de pago elegido.
  • Planes de pago: los contribuyentes pueden optar por pagar sus deudas en cuotas de hasta 84 meses.
  • Condón de multas: se condonan todas las multas por infracciones formales cometidas antes del 31 de marzo de 2024.
  • Condón de intereses de determinados impuestos: se condonan los intereses de determinados impuestos que se hayan pagado antes del 31 de marzo de 2024.
  • Reducción de honorarios profesionales: los honorarios de los asesores fiscales se reducen en un 50% para las deudas que se encuentren en proceso de discusión.
  • No reposición de beneficios fiscales: los contribuyentes que se adhieran al régimen no podrán reponer beneficios fiscales que hayan perdido.

El texto también es claro a la hora de señalar que los contribuyentes que se adhieran al régimen renunciarán a su derecho a reclamar reintegros de impuestos, derechos aduaneros o contribuciones a la seguridad social que hayan sido regularizados.

Sobre el Régimen Especial para la Regularización de Activos

La ley establece un régimen para la regularización de activos en el exterior. Los contribuyentes que tengan activos que no hayan declarado a las autoridades fiscales pueden adherirse al régimen para regularizar estos activos y pagar un impuesto especial.

Puntos clave del blanqueo

  • Quiénes pueden adherirse: contribuyentes residentes y no residentes que tengan activos en el exterior.
  • Plazo: el plazo para adherirse al régimen es el 30 de abril de 2025. El plazo podrá extenderse hasta el 31 de julio de 2025.

Procedimiento para la adhesión: los contribuyentes deberán primero manifestar su adhesión al régimen. Luego, tienen que presentar una declaración jurada especial y pagar un impuesto especial sobre los activos regularizados. Dicho gravamen se calcula a una tasa del 15% sobre el valor de los activos regularizados. Los contribuyentes pueden optar por pagar el impuesto en cuotas de hasta 5 años, según indica la ley.

Asimismo, autoriza a la AFIP a dictar reglamentaciones para implementar el régimen.

Según lo publicado en el Boletín Oficial, la ley también incluye disposiciones anti-elusivas para evitar que los contribuyentes abusen del régimen. Asimismo, autoriza a la AFIP a dictar reglamentaciones para implementar el régimen.

Por último, indica que la ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.