Por medio de la RG 5319/23 se estableció un régimen de percepción de IVA aplicable a las operaciones de venta de cosas muebles no registrables nuevas y/o usadas, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios, concertadas y/o perfeccionadas electrónicamente a través de “plataformas digitales”, como por ejemplo Mercado Libre (Pueden ver el listado completo).