jueves 1 junio, 2023 / PYMES
SE PRORROGAN LOS PLAZOS PARA LA CANCELACIÓN, ACEPTACIÓN Y RECHAZO DE LA FACTURA DE CRÉDITO ELECTRÓNICA MIPYMES A PARTIR DE JUNIO 2023
Se prorroga hasta el 31 de julio de 2023 el plazo de 21 días corridos previstos en la Ley 27.440 para la cancelación, aceptación y rechazo de las “Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs”, así como su inscripción en el Registro de “Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs”.
La Resolución 49/2023 había establecido para la Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs a partir de abril 2023 y hasta el 31 de mayo un plazo de 21 días corridos para:
- El pago del precio superior a los 21 días contados a partir de la fecha de recepción de la factura de crédito electrónica en el domicilio fiscal electrónico del obligado al pago (Art. 4 Ley 27440).
- La constitución de título ejecutivo y valor no cartular (Art. 4 Ley 27440).
- La emisión de notas de débito y crédito que se ajusten a la operación (Art. 4 Ley 27440).
- La aceptación de la Factura de crédito electrónica (Art. 5 Ley 27440).
- La aceptación tácita (Art. 6 Ley 27440).
- Efectuar el rechazo de la Factura de crédito electrónica y su inscripción en el Registro de Facturas de Crédito Electrónica MIPYMES (Art. 8 Ley 27440)
Por otro lado, resulta conveniente mantener los supuestos de cesión de las “Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs” ya que permiten a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas el acceso a una forma adicional de financiamiento relacionada al factoraje tradicional previo a la conformación del título ejecutivo.
Fuente: Blog del Contador
MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO
Resolución 228/2023
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/287377/20230530