miércoles 20 julio, 2022 / Régimen impositivo

VIAJES Y GASTOS EN EL EXTERIOR: RIGE LA SUBA DE PERCEPCIÓN PARA LAS OPERACIONES CON TARJETAS EN DÓLARES

La medida busca “robustecer el frente fiscal a partir de la manifestación de capacidad contributiva de distintos sectores económicos”, y excluye a las compras de moneda extranjera para atesoramiento.

La suba del 35% al 45% de la percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para operaciones con tarjetas destinadas al consumo en dólares en viajes y gastos en el exterior rige a partir de este jueves, de acuerdo a lo dispuesto por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en la Resolución General 5232/2022 publicada en el Boletín Oficial.

La misma busca “robustecer el frente fiscal a partir de la manifestación de capacidad contributiva de distintos sectores económicos”, y excluye a las compras de moneda extranjera para atesoramiento, que continuará con una alícuota del 35%.

Puntualmente, quedan comprendidas en la nueva alícuota todas las operaciones de pago con tarjeta en dólares, incluidas las relacionadas con las extracciones o adelantos en efectivo efectuadas en el exterior.

La adecuación de la alícuota para la percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales establecida en 2020 recae sobre las operaciones alcanzadas por el Impuesto PAIS.

También las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales, así como el pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen mediante tarjetas.

También quedan incluidas la adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y minoristas- del país; y de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país, en la medida en la que para la cancelación de la operación deba accederse al mercado cambiario.

 

Fuente: Télam